Los recambios siempre han sido fuente de negocio. Hace poco saltó la prohibición de su venta entre particulares. Se exige, a través de Real Decreto, que se produzca en un centro autorizado de tratamiento (CAT) o desguace.
Recambios: Análisis del Real Decreto 20/2017:
Recambios pasan a ser más controlados. Los primeros artículos del Real Decreto 20/2017 están destinados a la Administración y/o distribuidores. En ellos se tratan definiciones recogidas de leyes anteriores. También están las obligaciones de responsabilidad y construcción ecológica para los fabricantes.
Sobre los recambios en relación a usuarios y conductores, en el Art. 5, encontramos una lectura esencial para saber qué hacer. Destacamos que «se obliga al titular de un vehículo que quiera desprenderse de él a entregarlo a un CAT. O directamente o en una instalación de recepción». Se especifica la gratuidad de esta entrega siempre que no hayas realizado ningún tipo de operación previa de desmontaje de piezas o componentes. Es decir, si desmontamos alguna pieza ya no tenemos derecho al depósito gratuito en el CAT.
¿Y si entregamos un vehículo en un CAT?:
Tienen la obligación de entregarnos un justificante de destrucción que nos libera de cualquier responsabilidad futura. Está obligado a destruir el vehículo en 30 días máx. y a darlo de baja en los archivos de la DGT.
Al dar de baja de forma definitiva a un vehículo y entregarlo, debe disponer de todas las piezas. Si no es así, el CAT tiene la obligación de notificarlo a la Consejería competente de la C.A. en cuestión.
¿Quién puede vender los recambios usados?:
En relación a los recambios, en el art.7 (sobre instalaciones y operaciones de tratamiento), apartado 3.a, se especifica que los CAT separarán las piezas y componentes. Se encargarán de preparar para la re-utilización y las comercializarán como piezas usadas o de segunda mano. Según la normativa, deben dar un mínimo de garantía a los consumidores.
De esta forma, se consideran ilegales todos aquellos recambios usados que no provengan de un CAT. En el caso de los particulares, ya no se podrá vender piezas y componentes usados de un coche de forma directa en el mercado de segunda mano.
*En el caso particular de los neumáticos:
el CAT tiene dos posibilidades: recuperarlos en el proceso de separación de componentes para venderlos, o entregarlos a los gestores de neumáticos. Así, la Consejería puede estar al corriente y evitar que sean los propios particulares los que vendan directamente.
Si la comercialización es a un taller, éste deberá entregar un certificado al CAT en el que deje clara su obligación de entregarlos a un gestor cuando los reciba.
¿Qué aporta la nueva Normativa?:
Se persigue la adaptación a una Directiva europea que busca el máximo reciclaje de un vehículo al final de su vida útil, reutilizando la mayor cantidad de piezas posibles y asegurando el mejor y superior reciclado de materiales.