Es una práctica común en España, pero no por ello colgar el cartel de “Se vende” es legal. Acarrea multas.
La acción de colgar un cartel de “Se vende” en tu coche y circular está terminantemente prohibida. Aquí sí que no hay defensa posible y supone multas. Fijar cualquier objeto, sea un cartelito o no, en cualquiera de las lunas del automóvil es ilegal al restar visibilidad en la conducción. En este caso, podría aplicarse una infracción grave que supondría una multa de 200€.
Si solo dejas estacionado el vehículo con el cartel y nunca lo mueves, la sanción es más compleja. En este caso dependerá de la ordenanza o normativa que aplique cada municipio. Sin una norma genérica nacional, muchos municipios (claramente mayoría aunque no haya BB.DD. para poder cuantificarlo) está prohibido por considerarse una variedad real de venta ambulante ilegal.
El por qué de las multas:
Fijar el cartel de “Se vende” supone una sanción por realizar un uso indebido de la vía pública. Nos podemos encontrar multas de entre 200€ y 1.000€ (incluso más). Y es que, aunque es una práctica habitual en España, el aumento del parque de automóviles y de esta iniciativa ha provocado que muchos ayuntamientos hayan publicado nuevas ordenanzas que prohiben la actividad enmarcándola en “venta callejera con publicidad”.
Parece ser que las primeras ordenanzas se publicaron por motivo de las denuncias que interponían los vecinos quejándose de que muchos profesionales utilizaban las vías públicas y plazas de aparcamiento para estacionar vehículos con carteles de venta de coches. Lógicamente, esta práctica molestaba a los vecinos ya que no quedaban plazas de aparcamiento libres para utilizar.
Como trasfondo de todo, además, emerge una actividad comercial ilegal que ha empezado a trascender el carácter puramente individual. De hecho, según ANCOVE (Asociación Nacional de Comerciantes de Vehículos), la mayoría de coches con cartel de venta procede de grupos comerciales organizados.
Esto supone eximir de garantías que estarían cubiertas por los portales de compra-venta actuales o comercios profesionales como nosotros. Así que, en todo caso, recomendamos siempre no arriesgar y asegurar tu publicidad a través de terceros o en webs como la nuestra.
En que provincias se puede poner el cartel?:
Infórmate del reglamento vigente en la localidad donde resides antes de poner el cartel en la ventanilla. En Madrid por ejemplo está prohibido, pero en Vitoria está permitido con autorización previa:
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- Según el artículo 61 de la Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, prohíbe que un vehículo permanezca estacionado en la vía pública para su venta o alquiler. Cualquier coche que se dedique a la venta ambulante puede ser multado y retirado por la grúa. La multa es de 90€, y si lo retira la grúa, se suma el depósito.
- En Vitoria, poner el cartel sin autorización administrativa es considerado falta grave. Las sanciones pueden ir de 750€ hasta 1.500€. Esta ordenanza exige autorización previa del Ayuntamiento, gratuita y con validez de tres meses, aunque se puede prorrogar otros tres. Se proporciona una autorización por cada titular quien deberá estar al corriente del pago de impuestos municipales, seguro obligatorio e ITV.
Fuente: RACE
Por: RGV