Son varias las asociaciones de automovilistas ysentencias que, de vez en cuando, ponen en entredicho el trabajo de la DGT. En esta ocasión, es un ciudadano quien cuestiona el uso de los radares y los márgenes de error aplicados; pero lo hace con conocimiento de causa y con datos muy fiables, tanto que el Defensor del Menor lleva meses analizando su informe.
El ciudadano en cuestión se llama Agustín Falcón de Bascarán. Sabe de lo que habla ya que, durante décadas, ha trabajado como jefe de Dermacación de Carreteras en Asturias (una de las comunidades con menos radares de España) y perito judicial y, además, es experto de seguridad vial y sistemas de medición de velocidad.
Su queja asegura que ni los radares se usan como deberan ni los márgenes de error se aplican como corresponde. Y sus informaciones son fiables, tanto que, después de pedir aclaraciones al Ministerio de Interior y el Centro Español de Metrología, el Defensor del Pueblo ha decidido seguir adelante con la investigación.
Los agentes no utilizan bien los radares
Según Agustín Falcón, los agentes de tráfico de la Guardia Civil no hacen un uso correcto de los radares móviles. Lo expone con un ejemplo. El fabricante del radar Multanova 6F especifica que para que el aparato funcione correctamente, el haz de ondas se tiene que cruzar con el tramo de la carretera en un ángulo de 22 grados. Pues bien, ninguna multa especifica el ángulo de colocación del radar. Es más, según varios agentes de tráfico consultados por el periódico El Comercio, los 22 grados «no es un dato que obliguen a hacer constar en la denuncia» y al preguntarles si los respetan, sólo dicen que han recibido el curso correspondiente.
Márgenes de error incorrectos
El informe de Falcón señala también a la fiscalia y asegura que no aplica los márgenes de error correctos a la hora de calibrar una infracción. Las instrucciones técnicas que da el ministerio de Industria apuntan que se debe respetar un margen de error del 3% para los radares fijos y del 5% para los radares móviles.
Según el ingeniero asturiano, el problema es que no se acota qué es un radar fijo, por lo que en ocasiones hay confusiones. Por poner un ejemplo: un coche patrulla capta un coche que circula por la autopista a 155 km/h; si se considera que la foto se hizo desde una instalación móvil, la multa sería de 100 euros; si se considera que es un radar móvil, la sanción sería de 300 euros y la pérdida de dos puntos del permiso de conducir.
Parece ser que, a día de hoy, tiene la misma consideración un radar colocado en un coche patrulla que se para en el arcén (uno de los tres sitios en los que, en teoría, no se puede colocar un radar) que uno de pórtico; pero en el primero no se tiene en cuenta que los agentes pueden haberlo colocado mal. Tampoco queda muy claro dónde ubicar los radares Pegasus.
Falcón asegura que el comportamiento de la DGT y la fiscalía vulnera los derechos constitucionales de los conductores. Y algo de fundamento tienen sus acusaciones ya que han sido admitidas a trámite y pueden llevar a una recomendación de las Cortes Generales para que ambas cambie su forma de operar