Ya ha entrado en vigor la modificación que regula los límites de velocidad en carreteras convencionales.
Se modifica así el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.
¿EN QUÉ CONSISTE?
Se establecen los 90 km/h como velocidad máxima en estas vías (hasta ahora se circulaba a 100 km/h). Esto ha obligado a retirar 2.719 señales de tráfico, con un coste aproximado de 526.000€.
Las administraciones ultiman el cambio de señales en los más 10.000kms afectados, de los que unos 1.400 transcurren en Cataluña.
OBJETIVO DEL CAMBIO:
Reducir el índice de siniestralidad que se produce en las carreteras convencionales. En 2017, hubo 1.321 víctimas mortales en vías interurbanas y 1.013 lo fueron en carreteras convencionales.
El Director General de Tráfico, Pere Navarro, ha señalado que “esta reducción de velocidad va acompañada de mas vigilancia y control por parte de las policías encargadas del tráfico y de mejoras y actuaciones en el diseño de las infraestructuras por parte de los titulares de las vías”.
Y Javier Herrero, ha afirmado que “Fomento y la DGT, han sustituido las señalizaciones para poder aumentar la seguridad viaria. Además, paralelamente, llevamos a cabo actuaciones para mejorar la propia infraestructura como refuerzos del firme, balizamiento, etc. sin olvidar las nuevas carreteras que vamos poniendo en servicio”.
OTRAS «VENTAJAS»:
Otro de los objetivos es converger con Europa. Otros países de la UE han limitado a 90 km/h la velocidad en carreteras similares. También quieren equiparar la velocidad entre vehículos de mercancías y de viajeros con los turismos. En Europa sólo cinco países (Alemania, Austria, Irlanda, Polonia y Rumanía) se mantiene el límite en 100 km/h.
El fin es minimizar las consecuencias de un posible accidente. Teniendo en cuenta que el accidente más frecuente es la salida de la vía (40% de los accidentes mortales), seguido de las colisiones frontales (27%), y la mayoría de estos siniestros se producen en carreteras convencionales.